Diferencia entre despido procedente o improcedente
En la vida laboral de cualquier trabajador es necesario conocer los tipos de despidos que existen, sus causas y la diferencia entre un despido procedente e improcedente. Así que desde nuestro despacho de Derecho laboral Gonzalez & Gorjón queremos ayudarte a diferenciarlos.
Primero hay que conocer los tipos de despidos que existen, y en que consiste el despido desde un punto de vista legal.
Tipos de despidos que existen
El despido es la acción de poner fina a la relación laboral entre un trabajador y su empleador o empresa. El despido está regulado en el Estatuto de los Trabajadores, que ayuda a regular los derechos laborales en España.
Normalmente existen 2 tipos de despido, cada uni definido por sus propias causas.
Despido disciplinario
- Impuntualidad o falta de asistencia en el trabajo
- Indisciplina en su puesto de trabajo
- Abuso de la confianza
- Disminución del rendimiento en el trabajo
El despido disciplinario puede categorizarse en procedente, improcedente o nulo.
- Despido procedente: cuando existe una confirmación de la mala actuación de un trabajador
- Despido improcedente: si el proceso no tiene caso, entonces la empresa tiene 5 días para considerar la readmisión
- Despido nulo: se indemniza al trabajador
Despido objetivo
- Por afectar de forma negativa a la empresa, ya sea económicamente, técnico u organizativo.
- Falta de adaptación del trabajador a posibles cambios técnicos de su puesto laboral
- Se agota el plazo del contrato (para entidades sin ánimo de lucro)
Igual que con el despido disciplinario, se puede categorizar en procedente, improcedente o nulo.
A diferencia del despido disciplinario, el despido objetivo se puede categorizar en despidos individuales o colectivos. Ya sea que afecta a un trabajador o una plantilla.
Diferencia entre despido procedente o improcedente
Es despido procedente es aquel que está justificado y confirmado por la empresa o empleador. Se da cuando existen incumplimientos graves por parte de un trabajador.
El despido improcedente es cuando la empresa no tiene en cuenta los requisitos para culpabilizar a un trabajador del hecho. En este caso el trabajador tiene el derecho de poder volver a su puesto de trabajo o recibir una indemnización.
Cada tipo de despido lleva asociadas unas consecuencias tanto para el trabajador como para la empresa, y en cada caso es necesario contar con el mejor asesoramiento de abogados laborales de Gonzalez & Gorjón. Solicita información para ayudarte en tu caso.
¿Te pueden despedir por mentir en el curriculum?
A día de hoy, tenemos nuestro currículo no solo en papel, sino también en internet en plataformas como Linkedin, Infojobs … y es posible que algunas personas se sientan tentadas de incluir en su currículum con alguna mentira para engrosarlo, pero hay que tener que puede tener muy malas consecuencias.
‘Aderezar’ nuestro CV para que destaque y acceder a un puesto de trabajo puede parecer algo inocente, pero es no es así. No soló puede ser motivo de un despido disciplinario, sino que puede tener consecuencias más graves, plataformas como Linkedin, Infojobs … y es posible que algunas personas se sientan tentadas de incluir en su currículum con alguna mentira para engrosarlo, pero hay que tener que puede tener consecuencias en el ámbito laboral.
¿Puede ser causa de despido?
En términos simples, SI. Para la contratación de una persona se tiene en cuenta la formación, trayectoria y experiencia del candidato. Todo esto se transmite en su CV, mediante una entrevista y más, y si alguno de ellos no corresponden con la realidad, se transgrede la buena fe contractual y es motivo de un despido procedente.
Incurrir en la falsedad de los datos que fueron determinantes para selección y contratación posterior, es causa de un despido procedente del empleado. Por ello siempre es recomendable realizar pruebas de refuerzo para la sección del personal, ya sea mediante entrevistas o exámenes.
Consecuencias penales para el trabajador
Falsedad documental
El empleado que haya sido despedido no sólo podrá ser despedido, sino que existen otras consecuencias más graves en el ámbito penal.
La falsedad en una documentación (titulación, referencias, etc …) podrá llegar a incurrir en un delito de falsedad documental recogido en los artículos 390 – 399 del Código Penal. La pena puede variar en función del tipo de documento.
– Si es un documento privado, puede ser una pena de 6 meses a 2 años de cárcel.
– Si es un documento público, puede ser una pena de 3 – 6 años de cárcel. Multa de 6 – 24 meses y una inhabilitación especial de 2 – 6 años.
Son casos de gran gravedad que no acaban en el despido del trabajador y pueden llegar a tener consecuencias penales más allá del ámbito laboral.
Intrusismo
En situaciones en las que un trabajador accediera a un puesto médico sin la titulación necesaria, se realizarían daños tanto al centro como a los pacientes.
El ejercicio de esta profesión sin cualificación incurre en el delito de intrusismo definido el los artículos 402 – 403 del Código penal. Que también puede llegar a incurrir en consecuencias penales.
Gonzalez & Gorjón es tu despacho abogados laborales para trabajadores y empresas. Si tienes un caso sobre despido, reclamaciones de salario, modificación de contrato y más, solo tienes que resrrvar tu cita para consultar tu caso sin compromiso. Tenemos más de 30 años de experiencia en el derecho laboral.