El Real Decreto 11/2020 de 31 de marzo, establece un subsidio especial para las empleadas del hogar, que hayan sido dadas de alta antes de la declaración del estado de alarma (14 de marzo de 2020), y que hayan dejado de prestar servicios en el domicilio de su empleador.
Para acceder a dicho subsidio es requisito obligatorio acreditar que el cese, o la pérdida total o parcial de la actividad es consecuencia de la crisis derivada del Covid-19. Dicha circunstancia puede acreditarse con la carta de despido o comunicación de desistimiento que debe entregarle su empleador; o bien mediante una declaración responsable suscrita por la persona empleadora certificando la reducción o suspensión del contrato de trabajo.
La cuantía de dicho subsidio será del 70% de la base reguladora cuando la trabajadora cese totalmente en su actividad, mientras que se trata de una reducción de jornada, el subsidio comprenderá la parte proporcional.
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